Las siguientes personas pueden afiliarse o reingresar a Coopemsura:

  • Las personas que tengan vínculo laboral con Grupo Sura, sus empresas subordinadas, filiales y subsidiarias, que legalmente se constituyan como tales.
  • Los intermediarios de seguros, personas naturales que tengan vínculo comercial con la Compañía Suramericana de Seguros S.A.
  • Los empleados de las Promotoras de seguros vinculadas a la empresa Suramericana de Seguros S.A.
  • Los empleados de COOPEMSURA.
  • Las personas que se hayan desvinculado de las empresas descritas en literales anteriores, por jubilación o pensión.

Importante:

  • Podrán continuar afiliados a Coopemsura los asociados que se desvinculan de la empresa por motivos diferentes a justa causa de terminación de contrato.
  • El asociado que habiéndose retirado voluntariamente de Coopemsura desee ingresar nuevamente, podrá hacerlo transcurridos seis (6) meses de la fecha de su retiro, siempre y cuando continue laborando en Suramericana,  Filiales o Promotoras de seguros vinculadas a la empresa Suramericana de Seguros S.A.